Ley de amnistía
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La Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía, extingue las responsabilidades penales, administrativas y contables derivadas del referéndum del 1 de octubre de 2017 y del resto del proceso independentista catalán. leer la pieza →
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El Tribunal Constitucional declaró en su primera sentencia sobre la ley de amnistía, aprobada con los seis votos de la mayoría progresista, que la norma se ajusta a la Constitución con la excepción de dos preceptos, razonando que «el legislador puede hacer todo lo que la Constitución no prohíba explícita o implícitamente». leer la pieza →
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El Tribunal de Justicia de la UE declaró que el Derecho europeo no se opone a la ley de amnistía española. leer la pieza →
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El Tribunal Supremo aplicó por primera vez la ley de amnistía tras el aval europeo, declarando amnistiadas a ocho personas juzgadas por el procés: cuatro exmiembros absueltos de la Mesa del Parlament de 2019, el exalcalde de Sabadell y tres condenados por los desórdenes de octubre de 2019. leer la pieza →
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Con la desestimación del recurso de la Junta de Extremadura, el Tribunal Constitucional dejó resueltos los 16 recursos de inconstitucionalidad presentados contra la ley de amnistía; quedan pendientes los recursos de amparo de dirigentes del procés contra la negativa del Supremo a aplicársela. leer la pieza →
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Con motivo del cincuentenario del Real Decreto-ley 10/1976, primera amnistía de la Transición, el exministro Rafael Arias-Salgado la cita como antecedente y sostiene que la Ley 46/1977 de Amnistía sigue vigente «sin solución de continuidad», sin que quepa modificarla, aunque sí aprobar amnistías posteriores como esta Ley Orgánica 1/2024. leer la pieza →
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña denegó la amnistía a Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, acusados de malversación en la causa del «procés» abierta a juicio desde 2022, y mantuvo sus cuestiones prejudiciales al TJUE porque entiende que las sentencias europeas del 16 de julio de 2026 (C-523/24 y C-666/24) no responden a su caso, de naturaleza distinta; el procedimiento queda parado hasta que Luxemburgo conteste a la cuestión que el TSJC identifica como el asunto C-587/24. leer la pieza →
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El presidente de Òmnium Cultural, Xavier Antich, reclamó en el acto de la Diada fortalecer el movimiento independentista una vez quede cerrada «la carpeta de la represión» con la aplicación de la ley; es una valoración política de la entidad, no un hecho sobre el recorrido judicial de la norma. leer la pieza →
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El magistrado José María Macías propuso en su ponencia sobre el amparo de Jordi Turull que el Tribunal Constitucional avale la decisión del Supremo de excluir de la amnistía la malversación cometida con «beneficio personal de carácter patrimonial», entendido también como el ahorro de un gasto que se habría debido afrontar con recursos propios; considera que esa lectura del Supremo «no puede tildarse de sorpresiva o imprevisible, y mucho menos de caprichosa», según el texto al que dice haber accedido El Español. Sobre el otro argumento de Turull —que los fondos del 1-O no afectaron los intereses financieros de la UE—, la ponencia no entra en el fondo porque la sentencia del TJUE del 16 de julio de 2026 que lo descarta es posterior a los autos del Supremo. leer la pieza →
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La ponencia se debatirá el 22 de septiembre de 2026; Macías pertenece al bloque conservador, minoritario en el pleno, y fuentes jurídicas consultadas por Europa Press dan por probable que el amparo de Turull acabe estimado —la Fiscalía y la Abogacía del Estado ya se han manifestado partidarias de aplicar la amnistía—, en cuyo caso el pleno encargaría a otro magistrado un texto en sentido contrario. La doctrina que fije el Constitucional se aplicará también a los recursos de Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Raül Romeva y Dolors Bassa; el magistrado instructor del procés en el Supremo, Pablo Llarena, amnistiaría a Puigdemont en cuanto la conozca —si es extensible a su caso— sin esperar a resolver su recurso propio. Ni la ponencia es pública ni ha sido confirmada por el Tribunal Constitucional. leer la pieza →